Estamos especializados en reclamaciones por defectos y vicios constructivos o de la construcción. Contando con servicios de arquitectos especializados que intervienen en el planteamiento de las acciones judiciales.
Los responsables pueden ser todos los que han intervenido en la edificación de la vivienda: promotor, constructora, arquitecto superior y arquitecto técnico o aparejador, en los siguientes plazos de garantía:
Plazo de garantía de 1 año por defectos constructivos en terminados o acabados.
Plazo de garantía de 3 años, por defectos constructivos que afectan a la habitabilidad, tales como grietas, humedades, y otros.
Plazo de garantía de 10 años, por defectos estructurales, tales como cimentacion, estructura, cubierta y garajes.
El plazo para reclamar prescribe a los 2 años desde que se producen los daños, lo que hace necesario no demorar la toma de decisiones.