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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana anula el informe de Puerto Mediterráneo de Paterna.

( 24-10-2019 )

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por Intu y Eurofund contra la resolución de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio de fecha 10 de octubre de 2016 que deniega la propuesta del Plan de Actuación Territorial Estratégica (ATE) 'Puerto Mediterráneo' por insuficiencia del informe medioambiental.

La memoria debería haber fijado los criterios de sostenibilidad respecto de cuestiones concretas como la protección de un barranco o de una especie botánica hasta la afección de carreteras, la conservación del paisaje y las medidas de prevención de incendios.

Aunque la sentencia dice que ninguna de las deficiencias del informe tienen la suficiente entidad como para denegar la actuación, en su conjunto sí que determinan la exigencia de imponer condiciones, restricciones y determinaciones a la actuación propuesta.

El efecto de la sentencia es que el procedimiento de aprobación del instrumento urbanístico se tiene que retrotraer al momento anterior a la emisión del informe para que la Administración emita otro nuevo conforme a lo que se indica en la resolución judicial.

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